La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) defendió la facultad de bloquear cuentas bancarias sin orden judicial previa, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación avalara esta medida como parte del combate al lavado de dinero.
El titular de la UIF, Omar Reyes Colmenares, aseguró que las personas cuyos recursos sean legales no deben preocuparse por posibles bloqueos, ya que la medida está dirigida únicamente a operaciones vinculadas con actividades ilícitas.
“Si los recursos son de origen lícito, no hay motivo de preocupación”, afirmó el funcionario.
⚖️ ¿Cuándo pueden bloquear cuentas?
De acuerdo con la UIF, el congelamiento de cuentas se aplicará únicamente cuando existan indicios de delitos como:
- Lavado de dinero
- Fraude
- Extorsión
- Financiamiento al terrorismo
La medida tiene carácter preventivo, ya que busca evitar que los recursos sospechosos se muevan mientras se llevan a cabo las investigaciones correspondientes.
El titular de la UIF aclaró que la dependencia no realiza investigaciones penales, sino que únicamente bloquea los recursos y da parte a la Fiscalía General de la República (FGR), que es la encargada de continuar con el proceso legal.
Asimismo, explicó que la UIF trabaja con reportes de operaciones inusuales provenientes del sistema financiero, lo que permite detectar posibles riesgos sin necesidad de revisar todas las cuentas bancarias.
En caso de que una persona sea afectada por el bloqueo de sus cuentas, podrá:
- Solicitar una audiencia ante la UIF
- Presentar pruebas sobre el origen lícito de los recursos
- Obtener el desbloqueo si se comprueba la legalidad del dinero
Las autoridades indicaron que este procedimiento debe iniciarse en un plazo de cinco días hábiles tras la notificación.


































