La instalación de cámaras de seguridad en viviendas se ha vuelto cada vez más común en México como medida de protección ante la inseguridad, pero su uso genera dudas cuando estos dispositivos apuntan hacia la vía pública.

De acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, sí es legal instalar cámaras en casa, siempre y cuando su finalidad sea la seguridad de bienes e instalaciones y no se vulneren derechos de privacidad de terceros.

Sin embargo, la normativa establece que no existe libertad total sobre lo que se graba, ya que no deben captarse imágenes de personas en espacios públicos sin justificación o consentimiento, especialmente cuando el uso pueda afectar su privacidad.

Autoridades como Profeco han señalado que el objetivo principal de estos sistemas debe ser la prevención de delitos y la protección del patrimonio, por lo que se recomienda instalar las cámaras dentro del domicilio o en puntos donde su enfoque no invada la privacidad de terceros de forma indebida.

En caso de que las cámaras capten parte de la calle o áreas externas, esto puede considerarse válido siempre que sea incidental y no el objetivo principal de la vigilancia, además de que no se utilicen las imágenes con fines comerciales o de difusión.

También se recomienda informar a vecinos sobre la existencia de estos dispositivos para evitar conflictos, ya que el tratamiento de imágenes debe respetar principios de legalidad, proporcionalidad y protección de datos personales.

En México, el Instituto Nacional de Transparencia (INAI) ha aclarado que no existe una multa directa por instalar cámaras en casa, pero sí puede haber sanciones si se hace un uso indebido de las grabaciones o se vulnera la privacidad de otras personas.

En este contexto, la instalación de cámaras es legal, pero no absoluta: su uso debe equilibrar el derecho a la seguridad con el respeto a la vida privada de terceros.