La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda congelar cuentas bancarias sin orden judicial previa en casos de origen nacional relacionados con presunto lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
La resolución, aprobada por mayoría del pleno, establece que esta medida es de carácter administrativo y cautelar, por lo que no requiere autorización previa de un juez, al no tratarse de una sanción penal.
Con este criterio, la UIF podrá actuar directamente cuando detecte indicios de operaciones ilícitas, ordenando a las instituciones financieras suspender de inmediato las transacciones de las personas o empresas incluidas en la lista de bloqueados.
El fallo representa un cambio respecto a criterios anteriores, ya que antes el congelamiento sin orden judicial solo era válido cuando existía una solicitud de autoridades extranjeras; ahora se amplía a casos nacionales.
No obstante, la Corte determinó que las personas afectadas deberán contar con derecho de audiencia ante la UIF, así como la posibilidad de impugnar la medida posteriormente ante instancias judiciales.
El proyecto fue impulsado por la ministra Loretta Ortiz, quien argumentó que la medida es necesaria para proteger el sistema financiero y prevenir delitos, en línea con estándares internacionales contra el lavado de dinero.
Sin embargo, la decisión también generó críticas dentro del propio tribunal, donde algunos ministros advirtieron que podría vulnerar derechos como el debido proceso y la propiedad, al permitir la inmovilización de recursos sin control judicial previo.


































