La Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados aprobó este martes una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que establece nuevas obligaciones para los proveedores de servicios de internet frente a contenidos digitales que infrinjan derechos de autor.
La propuesta, conocida públicamente como “Ley Antimemes”, contempla sanciones que podrían superar los 4.6 millones de pesos para determinados incumplimientos y establece un esquema de responsabilidad secundaria para los proveedores de servicios de internet.
El dictamen fue aprobado con 18 votos a favor y seis en contra y plantea modificar el artículo 114 Octies, además de incorporar los artículos 114 Nonies y 232 Septies a la Ley Federal del Derecho de Autor.
Uno de los principales cambios consiste en ampliar las obligaciones de los proveedores de servicios de internet respecto a contenidos que vulneren derechos de autor.
El proyecto contempla que los proveedores tengan mecanismos para atender notificaciones relacionadas con material protegido que haya sido utilizado o alterado sin autorización. Esto incluye contenidos modificados mediante inteligencia artificial u otras herramientas tecnológicas.
También establece que los proveedores deberán contar con una política pública para la terminación del servicio a usuarios reincidentes en determinadas infracciones.
Esa política tendría que ser informada a los usuarios de manera permanente mediante los términos y condiciones del servicio, además de incluir mecanismos mínimos de notificación.
El dictamen establece que proporcionar acceso a internet, transmitir información o alojar contenidos no constituye por sí mismo una infracción; la responsabilidad se plantea bajo determinados supuestos establecidos en la reforma
Uno de los puntos que mayor atención ha generado son las sanciones económicas.
El proyecto contempla multas que van desde 5 mil hasta 40 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) en determinados supuestos. Con el valor de la UMA utilizado para 2026, la sanción máxima equivale a alrededor de 4 millones 692 mil pesos.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) sería la autoridad encargada de establecer las sanciones correspondientes.
Además, se plantea una multa adicional de entre 100 y 500 UMA cuando persista la infracción.
La propuesta incorpora disposiciones relacionadas con materiales que hayan sido modificados mediante inteligencia artificial.
El debate incluye el uso no autorizado de fotografías, música, ilustraciones, videos, obras literarias y otros materiales protegidos por derechos de autor que puedan ser transformados mediante herramientas digitales para crear nuevos contenidos.
También se han señalado disposiciones relacionadas con el uso de voces, rostros o determinados rasgos de personas o marcas en materiales generados o modificados mediante inteligencia artificial.
Esto ha colocado a los memes y las parodias en el centro de la discusión, debido a que este tipo de contenidos frecuentemente utiliza imágenes, videos, personajes, música u otros materiales que pueden estar protegidos.
Sin embargo, la reforma no establece una prohibición general para crear o compartir memes. La aplicación de las disposiciones dependería de que exista alguno de los supuestos de infracción previstos en la legislación de derechos de autor.
El dictamen aprobado en comisiones deberá continuar su proceso legislativo en la Cámara de Diputados.
La reforma forma parte de los cambios planteados para actualizar las reglas de protección de derechos de autor en entornos digitales y establecer responsabilidades para los intermediarios que participan en la distribución de contenidos.
Su avance en San Lázaro ocurre mientras en el Senado también se discute otra reforma que ha recibido el nombre de “Ley Antimemes”, pero que aborda un asunto diferente.
En el Senado avanzó la semana pasada una modificación a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial relacionada con el uso de la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos y signos oficiales.
La propuesta fue modificada antes de avanzar para precisar que las sanciones se relacionan con usos realizados a escala comercial y cuando tengan como finalidad inducir a error o cometer algún engaño o fraude.
Por ello, ambas reformas han sido identificadas en el debate público con el mismo nombre, aunque corresponden a ordenamientos y conductas diferentes.
En el caso de la reforma aprobada este martes en la Cámara de Diputados, el eje está en los derechos de autor, los contenidos digitales y las obligaciones de los proveedores de internet, mientras que la iniciativa del Senado está relacionada con la protección de la identidad gráfica oficial.
La reforma de San Lázaro todavía debe completar las siguientes etapas del proceso legislativo antes de convertirse en legislación vigente.



































